BENZOPHENONE-3 AND OCTOCRYLENE
La Benzophenone-3 (Benzofenona-3; número CAS 131-57-7) y el Octocrylene (Octocrileno; número CAS 6197-30-4) son filtros UV que se utilizan ampliamente en productos cosméticos. Ambos están incluidos en el Anexo VI (lista de los filtros ultravioleta admitidos en los productos cosméticos) del Reglamento Europeo sobre los Productos Cosméticos (Nº 1223/2009).
A principios de 2019, la Comisión estableció una lista de prioridades de 28 posibles alteradores endocrinos (que aún no están cubiertos por las prohibiciones del Reglamento Cosmético de la UE). De estas 28 sustancias, 14 se consideraron de mayor prioridad (Grupo A) y las otras 14 se incluyeron en el grupo de baja prioridad (Grupo B). La solicitud pública de datos de las sustancias consideradas de máxima prioridad se realizó en 2019. (ver publicación anterior)
Las partes interesadas presentaron pruebas científicas para demostrar la seguridad de la Benzophenone-3 y del Octocrylene como filtros ultravioleta en productos cosméticos y la Comisión Europea pidió al Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC) que llevara a cabo una evaluación de la seguridad de ambas sustancias, considerando la información proporcionada.
En marzo de 2021, el CCSC publicó sus dictámenes sobre la Benzophenone-3 (ver publicación anterior) y el Octocrylene (ver publicación anterior).
REGLAMENTO (UE) 2022/1176 DE LA COMISÓN
El 7 de julio, la Comisión Europea publicó el Reglamento (UE) 2022/1176 de la Comisión, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1223/2009 en lo relativo al uso de determinados filtros ultravioleta en productos cosméticos.
Teniendo en cuenta los dictámenes del CCSC sobre la Benzophenone-3 y el Octrocrylene, la Comisión concluyó que existe un riesgo potencial para la salud humana derivado del uso de estos dos ingredientes como filtros ultravioleta en las concentraciones actualmente autorizadas y que su uso debe limitarse a las concentraciones máximas propuestas por el CCSC.
Las entradas 4 y 10 del Anexo VI del Reglamento se sustituyen por las siguientes:
Los productos cosméticos que contengan Benzophenone-3 y Octocrylene y cumplan las restricciones establecidas en el Reglamento (CE) n.º 1223/2009, aplicables el 27 de julio de 2022, podrán introducirse en el mercado hasta el 28 de enero de 2023 y comercializarse hasta el 28 de julio de 2023.
La fecha de entrada en vigor de esta modificación se fijó el 28 de julio de 2022.
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Referencias:
- Regulation (EC) No 1223/2009 of the European Parliament and of the Council of 30 November 2009 on cosmetic products.
- Commission Regulation (EU) 2022/1176 amending Regulation (EC) No 1223/2009 of the European Parliament and of the Council as regards the use of certain UV filters in cosmetic products.
- Scientific Committee on Consumer Safety (SCCS). Opinion on Octocrylene. SCCS/1627/21. 2021.
- Scientific Committee on Consumer Safety (SCCS). Opinion on Benzophenone-3. SCCS/1625/20. 2021.