Restricción Esperada en el Uso de Salicilato de Metilo
La Comisión Europea ha notificado a la World Trade Organization (WTO) un proyecto de Reglamento por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1223/2009 sobre los productos cosméticos. Se modificará el Anexo III del Reglamento y se restringirá el uso de Salicilato de Metilo en productos cosméticos.

SALICILATO DE METILO

El Salicilato de Metilo (Methyl Salicylate, nombre INCI: methyl 2-hydroxybenzoate) es el éster de alcohol metílico y ácido salicílico. En cosméticos y productos para el cuidado personal, el Salicilato de Metilo se usa como agente desnaturalizante, aromatizante, para el cuidado bucal, perfumante y calmante. Es usado como ingrediente en varias mezclas de fragancias y como agente aromatizante y calmante en productos de higiene bucal. El salicilato de metilo no está incluido actualmente en los Anexos del Reglamento Europeo sobre los Cosméticos (Nº 1223/2009), lo que significa que su uso no está restringido en productos cosméticos. (ver publicación anterior)

El Salicilato de Metilo ha sido clasificado como tóxico para la reproducción (sustancia CMR categoría 2) según el Reglamento CLP (Nº 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas). Según el Reglamento de Cosméticos de la UE, el uso de sustancias clasificadas como CMR (carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción) está prohibido en productos cosméticos, salvo que, de forma excepcional, se cumplan condiciones específicas. Una sustancia CMR clasificado en la categoría 2 podrá utilizarse en productos cosméticos si ha sido evaluada por el Comité Científico de Seguridad del Consumidor (SCCS –Scientific Committee on Consumer Safety) de la Comisión Europea y considerada segura para su uso en productos cosméticos.

La Comisión Europea pidió al SCCS que llevara a cabo una evaluación de seguridad del Salicilato de Metilo, que se publicó en octubre de 2021. El SCCS concluyó que el salicilato de metilo se considera seguro cuando se usa en cosméticos hasta la concentración máxima presentada en el dossier. (ver publicación anterior)

NOTIFICACIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA A LA WTO

El pasado 2 de Mayo, la Comisión Europea notificó a la Organización Mundial del Comercio (World Trade Organization – WTO) un Proyecto de Reglamento de la Comisión por el que se modifica el Reglamento (CE) Nº 1223/2009 sobre los productos cosméticos.

Teniendo en cuenta la clasificación del Salicilato de Metilo como sustancia CMR de categoría 2 y el dictamen emitido por el SCCS, la Comisión considera que este ingrediente debe añadirse a la lista de sustancias sujetas a restricciones en los productos cosméticos (Anexo III del Reglamento (CE) N.º 1223/2009).

Se espera que las restricciones impuestas al uso de Salicilato de Metilo en productos cosméticos estén de acuerdo con las concentraciones de este ingrediente consideradas seguras por el SCCS en las diferentes categorías de productos.

La modificación del Anexo III del Reglamento será aplicable a partir del 17 de diciembre de 2022.

Se espera que a partir del 17 de diciembre de 2022, las empresas no puedan colocar en el mercado productos que no cumplan con los requisitos y que deban retirar los productos no conformes que ya están disponibles (en los estantes) en el mercado de la Unión Europea.

Si desea obtener más información sobre la seguridad de los ingredientes cosméticos, no dude en contactarnos en info@criticalcatalyst.com.

Referencias:

  1. Regulation (EC) No 1223/2009 of the European Parliament and of the Council of 30 November 2009 on cosmetic products.
  2. Scientific Committee on Consumer Safety (SCCS). Opinion on Methyl salicylate (methyl 2-hydroxybenzoate). SCCS/1633/21. 2021
  3. Commission Delegated Regulation (EU) 2021/849 amending, for the purposes of its adaptation to technical and scientific progress, Part 3 of Annex VI to Regulation (EC) No 1272/2008 of the European Parliament and of the Council on classification, labelling and packaging of substances and mixtures

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