TRICLOCARBAN Y TRICLOSAN
El Triclocarban y el Triclosan son ingredientes ampliamente utilizados como conservantes en cosméticos y productos para el cuidado personal. Ambos están incluidos en el Anexo V (lista de los conservantes admitidos en los productos cosméticos) del Reglamento de Unión Europea sobre los productos cosméticos (Reglamento (CE) Nº 1223/2009).
El Triclocarban (número CAS: 101-20-2) se puede utilizar como conservante hasta una concentración del 0,2 % en el producto final, sujeto a criterios de pureza (Anexo V, entrada 23). Este ingrediente también está incluido en la lista de sustancias que no podrán contener los productos cosméticos salvo con las restricciones establecidas (Anexo III, entrada 100). Para usos distintos del uso como conservante, el Triclocarban puede utilizarse en productos que se aclaran hasta una concentración máxima del 1,5 %, sujeto a criterios de pureza.
El Triclosán (número CAS: 3380-34-5) solo puede usarse como conservante en productos cosméticos. Puede utilizarse hasta una concentración de 0,2% en colutorios y hasta 0,3% en otros productos como dentífricos, pastillas de jabón, abones líquidos y geles de ducha, desodorantes (no en aerosol) polvos faciales, etc. (Anexo V, entrada 25).
Tanto Triclosan como Triclocarban han sido evaluados varias veces por el Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (SCCS – Scientific Committee on Consumer Safety) de la Comisión Europea y comités anteriores. Estos dictámenes del SCCS dieron como resultado las medidas reglamentarias existentes que permiten diferentes concentraciones de estos ingredientes según el tipo de producto y la función prevista en el producto.
A principios de 2019, la Comisión Europea estableció una lista prioritaria de 28 posibles alteradores endocrinos (que aún no están cubiertos por las prohibiciones del Reglamento Cosmético de la UE). De estas 28 sustancias, 14 se consideraron de mayor prioridad (Grupo A) y las otras 14 se incluyeron en el grupo de baja prioridad (Grupo B). La convocatoria pública de datos para las sustancias consideradas de mayor prioridad se llevó a cabo en 2019.El Triclocarban y el Triclosan se incluyeron en el grupo mencionado para el cual se realizó la convocatoria de datos. (ver publicación anterior)
Durante la convocatoria de datos, las partes interesadas presentaron pruebas científicas para demostrar la seguridad del Triclocarban y del Triclosan en los productos cosméticos. La Comisión Europea solicitó al SCCS que llevara a cabo una evaluación de seguridad de estas dos sustancias teniendo en cuenta los datos presentados.
ASESORAMIENTO CIENTÍFICO DEL SCCS SOBRE LA SEGURIDAD DEL TRICLOCARBÁN Y EL TRICLOSÁN
En su reunión plenaria del 15 y 16 de marzo, el SCCS adoptó la versión preliminar de su asesoramiento científico sobre la seguridad del Triclocarban y del Triclosan como sustancias con posibles propiedades de alteración endocrina en productos cosméticos.
Basado la información disponible, incluidos los posibles efectos endocrinos de estos ingredientes, el SCCS afirmó que el uso del Triclocarban como conservante en productos cosméticos es seguro hasta una concentración máxima del 0,2 % y que este ingrediente también es seguro hasta un máximo concentración del 1,5% en productos que se aclaran (individualmente o en combinación), para usos distintos del uso como conservante.
En cuanto al uso de Triclosan, el SCCS considera que es seguro como conservante cuando se usa solo o en combinación hasta una concentración máxima de 0,03% en geles de ducha y jabón de manos, 0,2% en colutorios y 0,3% en dentífricos, desodorante en barra, polvos faciales y cremas corretoras. El SCCS concluyó que el Triclosan hasta una concentración de 0,3% no es seguro como conservante en lociones corporales, pero es seguro si su concentración no supera el 0,03% en este tipo de productos cosméticos.
La versión preliminar del SCCS está abierta para comentarios hasta el 27 de mayo de 2022.
Si desea obtener más información sobre la seguridad de los ingredientes cosméticos, no dude en contactarnos en info@criticalcatalyst.com.
Referencias:
- Regulation (EC) No 1223/2009 of the European Parliament and of the Council of 30 November 2009 on cosmetic products.
- Scientific Committee on Consumer Safety (SCCS). Scientific Advice on the safety of Triclocarban and Triclosan as substances with potential endocrine disrupting properties in cosmetic products. SCCS/1643/22. 2022.