¿Qué hay de nuevo?
El 22 de enero de 2025, la Comisión de la Unión Europea (UE) aprobó el Reglamento (UE) 2025/40, introduciendo normas más estrictas sobre sostenibilidad de los envases y reducción de residuos en toda la UE. Este reglamento deroga la Directiva 94/62/EC y armoniza los requisitos de envasado en los Estados miembros.
Principales Disposiciones
- Reciclaje y Reutilización: Para 2030, todos los envases deberán estar diseñados para ser reciclables. Los envases que no cumplan estos requisitos serán prohibidos en el mercado.
- Objetivos de Reducción: El reglamento establece metas obligatorias para la reducción de residuos de envases:
- 5% para 2030;
- 10% para 2035;
- 15% para 2040.
- Restricciones Químicas: Se mantiene la prohibición de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente en los envases.
- Nuevos Límites para las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS): A partir del 12 de agosto de 2026, los envases en contacto con alimentos no pueden superar:
- 25 ppb por sustancia PFAS individual;
- 250 ppb en total de PFAS;
- 50 ppm de flúor total.
- Contenido Reciclado: Desde 2030, los envases de plástico deberán cumplir con mínimos de contenido reciclado, aumentando progresivamente hasta 65% para 2040.
Impacto en la Industria Cosmética
- Minimización del Envase: Las marcas de cosméticos deberán optimizar sus envases para reducir el peso y el volumen, garantizando un máximo del 50% de espacio vacío.
- Etiquetado Armonizado: Los envases deberán incluir etiquetas uniformes con información sobre la composición del material e instrucciones de reciclaje. Se podrán usar códigos QR.
¿Y ahora qué?
- 11 de febrero de 2025: Entra en vigor el reglamento.
- 12 de agosto de 2026: Aplicación de los requisitos principales.
- 12 de agosto de 2028: Se deroga la Decisión 97/129/EC.
Este reglamento representa un cambio significativo hacia envases sostenibles, con obligaciones importantes para fabricantes, importadores y minoristas de la industria cosmética.