ECHA y SVHC
Las sustancias extremadamente preocupantes (SVHC, por sus siglas en inglés – Substances of Very High Concern) son sustancias que pueden tener efectos graves en la salud humana y el medio ambiente. Las SVHC son principalmente sustancias clasificadas como carcinógenas, mutágenas y reprotóxicas y sustancias con características persistentes y bioacumulables. Los alteradores endocrinos también son motivo de preocupación.
Una vez que una sustancia haya sido oficialmente identificada en la Unión Europea (UE) como extremadamente preocupante, se añadirá a la «Lista de sustancias candidatas», que indica a los consumidores y a la industria cuáles son las sustancias químicas identificadas como SVHC. Los productores o importadores de artículos que contengan SVHC en una concentración superior al 0,1% del peso del artículo, deben informar a los destinatarios de los artículos sobre la presencia de la sustancia y cómo usarla de manera segura. Si los consumidores solicitan esta información, las empresas también deben informarles.
Los productores e importadores deben notificar a la ECHA si su artículo contiene una sustancia de la lista de sustancias candidatas dentro de los seis meses posteriores a la fecha en que se incluyó en la lista. Los proveedores de estas sustancias (suministradas solas o en mezclas) deben proporcionar una ficha de datos de seguridad a sus clientes.
De acuerdo con la Directiva sobre los residuos (Directiva 2008/98/CE, Artículo 9), la notificación a la ECHA de artículos que contienen SVHC de la lista de sustancias candidatas (en una concentración superior al 0,1 % p/p) se publica en la base de datos SCIP (Substances Of Concern In Articles as such or in complex objects (Products)).
ACTUALIZACIÓN DE LA LISTA DE SUSTANCIAS CANDIDATAS
Este mes, la lista de candidatos de SVHC de la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA – – European Chemicals Agency) se actualizó con 4 nuevas sustancias y ahora contiene 233 entradas para sustancias químicas que pueden afectar gravemente a la salud humana y al medio ambiente.
Se agregaron las siguientes entradas a la lista:
- 6,6′-di-tert-butyl-2,2′-methylenedi-p-cresol (Número CAS: 119-47-1) – utilizado en cauchos, lubricantes, adhesivos, tintas, combustibles.
- tris(2-methoxyethoxy)vinylsilane (Número CAS: 1067-53-4) – utilizado en cauchos, plásticos, selladores.
- (±)-1,7,7-trimethyl-3-[(4-methylphenyl)methylene]bicyclo[2.2.1]heptan-2-one covering any of the individual isomers and/or combinations thereof (4-MBC) – utilizado en produtos cosméticos.
- S-(tricyclo(5.2.1.02,6)deca-3-en-8(or 9)-yl O-(isopropyl or isobutyl or 2-ethylhexyl) O-(isopropyl or isobutyl or 2-ethylhexyl) phosphorodithioate (Número CAS: 255881-94-8) – uutilizado en lubricantes, grasas.
Las dos primeras sustancias se agregaron por ser tóxicas para la reproducción, y el cuarto compuesto es persistente, bioacumulativo y tóxico, siendo nocivo para el medio ambiente.
La sustancia 4-MBC se utiliza en cosmética y se ha añadido a la Lista de sustancias candidatas porque tiene propiedades disruptoras hormonales. Según el Reglamento sobre los Productos Cosméticos (Nº 1223/2009), el 4-MBC está incluida en la Lista de los Filtros Ultravioleta admitidos en los Productos Cosméticos (Anexo VI, entrada 18). Se puede utilizar como filtro UV en productos cosméticos en concentraciones de hasta el 4% (preparación lista para usar).
El Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (Scientific Committee on Consumer Safety – SCCS) de la Comisión Europea publicó una opinión preliminar sobre el 4-MBC y declaró que «no se puede concluir sobre la seguridad del 4-MBC, ya que la información proporcionada es insuficiente para evaluar la genotoxicidad potencia«. (ver publicación anterior)
En el futuro, estas sustancias pueden trasladarse a la «Lista de autorización» (Authorisation List), lo que significa que las empresas no podrán comercializar la sustancia peligrosa ni utilizarla, salvo que hayan sido autorizadas para hacerlo por la Comisión Europea.
Tal y como aconseja la ECHA, se insta a las empresas a verificar sus obligaciones legales relacionadas con el uso seguro de estas sustancias y buscar la sustitución de las sustancias incluidas en la lista de sustancias candidatas de SVHC por alternativas más seguras.
Si necesita más información sobre este tema, no dude en contactarnos en info@criticalcatalyst.com.
Referencias:
- Regulation (EC) No 1223/2009 of the European Parliament and of the Council of 30 November 2009 on cosmetic products
- Scientific Committee on Consumer Safety (SCCS). Opinion on 4-MEthylbenzylidene camphor (4-MBC). SCCS/1640/21. Preliminary version. 2021.
- Four hazardous chemicals added to the Candidate List. ECHA/NR/22/01. European Chemicals Agency (ECHA). 2022