Obligaciones de las Empresas Cosméticas Según el Reglamento REACH
REACH es un reglamento de la Unión Europea (UE) que significa Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Sustancias y Mezclas Químicas. Todas las sustancias químicas fabricadas y comercializadas en la UE, sean utilizadas en nuestra vida diaria (por ejemplo, ropa, productos de limpieza, cosméticos) o procesos industriales, están reguladas por REACH.

REGLAMENTO REACH

El Reglamento REACH entró en vigor el 1 de junio de 2007 y se aplica a sustancias químicas individuales producidas o importadas dentro de la Unión Europea (UE). El REACH establece procedimientos para recopilar y evaluar información sobre las propiedades y peligros de las sustancias. Las empresas deben identificar y gestionar el riesgo de las sustancias que fabrican o importan en la Unión Europea (UE) para cumplir con este reglamento.

Según REACH, las empresas pueden tener una de estas funciones: fabricantes, importadores o usuarios intermedios. Cuando las empresas están establecidas fuera de la UE y exportan sus productos al territorio aduanero de la UE, el importador o el “representante exclusivo” de un fabricante fuera de la UE (ambos establecidos en la UE) tienen la responsabilidad de cumplir con los requisitos de REACH.

La industria presenta a la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA – European Chemicals Agency) un edosier de registro que contiene información sobre las propiedades, usos, peligros y riesgos potenciales de la sustancia química. Solo las personas jurídicas de la UE pueden realizar un registro REACH, pero es posible realizar dicho registro utilizando un “Representante exclusivo” europeo (similar a una Persona responsable de los cosméticos). Cualquier cambio en la información contenida en el dosier de registro debe notificarse de inmediato. Se debe realizar un registro para cada substancia, lo que significa que si varias empresas trabajan con la misma sustancia, deben presentar un registro conjunto.

Según el reglamento REACH, la ECHA tiene la responsabilidad de verificar si los registros son conformes. La información presentada por las empresas es evaluada tanto por la ECHA como por los Estados-Miembros, que deciden si una sustancia química representa un riesgo para la salud humana o el medio ambiente. Los comités científicos y las autoridades de la ECHA evalúan si los riesgos de la sustancia pueden o no gestionarse. Si los riesgos inherentes a una sustancia química se consideran inmanejables, las autoridades pueden prohibir dichas sustancias peligrosas.

IMPACTO DEL REGLAMENTO REACH EN LOS PRODUCTOS COSMÉTICOS

REACH afecta a una amplia gama de empresas incluidas en varios sectores. Las sustancias utilizadas y comercializadas como ingredientes cosméticos están dentro del alcance de este reglamento.

En la UE, todos los productos cosméticos están sujetos al Reglamento relativo a productos cosméticos (CE) nº 1223/2009, el Reglamento CLP (CE nº 1272/2008) y el Reglamento REACH (CE nº 1907/2006).

Cuando una empresa utiliza ingredientes comprados a un proveedor de la UE, se considera un usuario intermedio y debe verificar con el proveedor o fabricante de dichas sustancias si están registrados para uso cosmético o si están exentos de registro. Si, por el contrario, una empresa fabrica sus propios ingredientes o los importa de fuera de la UE, estas sustancias deben registrarse de acuerdo con REACH si se producen o fabrican por encima de un determinado umbral.

Los productos terminados importados de fuera de la UE pueden contener sustancias que están sujetas a los requisitos de REACH. Si una empresa importa estos productos, se considera un importador REACH de cada sustancia química individual contenida en dichos productos.

El Reglamento REACH se aplica a sustancias nuevas y también a todas las existentes. Al fabricar o importar un producto cosmético terminado, que es una mezcla de diferentes sustancias en un artículo, es necesario registrar esas sustancias en el reglamento REACH. Esto significa que los productos cosméticos acabados no están exentos de las obligaciones del Reglamento REACH.

Referencias:

  1. Regulation (EC) No 1223/2009 of the European Parliament and of the Council of 30 November 2009, on cosmetic products. Available from: https://ec.europa.eu/health/sites/health/files/endocrine_disruptors/docs/cosmetic_1223_2009_regulation_en.pdf 
  2. Regulation (EC) No 1997/2006 of the European Parliament and of the Council of 18 December 2006 concerning the Registration, Evaluation, Authorisation and Restriction of Chemicals (REACH), establishing a European Chemicals Agency. Available from: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:02006R1907-20140410&from=PT 
  3. European Chemicals Agency – Legislation – REACH. Available from: https://echa.europa.eu/regulations/reach/understanding-reach 

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